Inciativa para crear el programa “Rosario contra el empleo informal» que tiene como objeto implementar acciones tendientes a la reducción de la informalidad laboral; difundir los derechos laborales consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y difundir los riesgos y costos susceptibles de ser asumidos por los empleadores derivados de la no registración de sus empleados. Los empleadores que se encuentren incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL), mientras estén incorporados no podrán: Acceder a los programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios administrados, implementados, o financiados por el Estado Municipal; Acceder a líneas de crédito otorgadas por el Banco Municipal de Rosario; Celebrar contratos de compraventa, suministros, servicios, locaciones, consultoría, alquileres con opción a compra, permutas, concesiones de uso de bienes de dominio público y privado del Estado Municipal: participar en obras públicas, concesiones de obra pública, concesiones de servicios públicos y licencias; resentar proyectos en el marco del Régimen de Iniciativa Privada regulado mediante la ordenanza 6209.