Expresamos nuestro compromiso para que la Constitución de la Provincia de Santa Fe no determine el número de jueces que deben conformar la Corte Suprema de Justicia de la provincia. Asimismo, se compromete para que la designación de los jueces que componen la Corte requiera el acuerdo de 2/3 del total de legisladores (Asamblea Legislativa).
La Ley 14.384 que declara la necesidad de reforma de la Constitución provincial, establece que los convencionales estaremos facultados para “definir que la Corte Suprema de Justicia se compone de siete miembros y un Procurador General, procurando la paridad de género y la representación regional de procedencia diversa, de acuerdo con lo que establezca una ley especial.”
Para nosotros es sumamente valioso y necesario que en la Corte Suprema convivan diferentes enfoques y opiniones sobre el Derecho, que se fomente un debate serio, plural y democrático sobre los fenómenos jurídicos en general y sobre las cuestiones de trascendencia constitucional en particular.
Por esta razón, consideramos que la designación de jueces en la Corte Suprema debe requerir un alto grado de consenso democrático y que una Constitución no debe fijar el número de jueces que integran la Corte, ya que este aspecto debe ser determinado por Ley tal como se refleja en la Constitución Nacional y en el marco de la autonomía de las provincias.