Expresamos nuestro compromiso para que la nueva Constitución de Santa Fe reconozca jerarquía constitucional al Defensor del Pueblo.
El Defensor del Pueblo debe ser designado por la Asamblea Legislativa a propuesta del bloque opositor con mayor número de legisladores y cesará en sus funciones si el bloque que lo propuso pierde dicha condición.
Debe contar con legitimación procesal y poseer iniciativa legislativa.
Su función será la defensa de los derechos colectivos de los santafesinos sin importar qué sujeto sea el responsable de la vulneración de esos derechos